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¿REINTEGRAR LOS APORTES PENSIONALES?

Efecto de las buenas intenciones


Quienes somos empleados y a la vez empleadores, recibimos con gratitud y expectativa el Decreto 558 de 2020, el cual alivió la carga de los aportes pensionales en cabeza tanto de jefes como de empleados disminuyendo el porcentaje del aporte del 16% al 3% durante los meses de abril y mayo. Personalmente sentí el beneficio al igual que muchos y gracias a ello pude destinar ese menor pago al alivio de otros rubros presupuestales que no daban espera, como muy seguramente lo hizo la gran mayoría de beneficiados. Gracias gobierno nacional, por poco y te ganas una izada de bandera con himno nacional incluído ese día de gloria inmarcesible.


Siguiendo con el plagio de las frases de nuestro himno nacional, debo decir que ese júbilo no fue inmortal porque el 23 de Julio la Corte Constitucional declaró inexequible la medida y nos corrió un sudor frío por todo el cuerpo como cuando nos llega un email de la DIAN o la SECRETARÍA DE HACIENDA sobre la información exógena.


Se acabó la fiesta, cambiaron el vallenato por salsa, les dió por hacer changua de desayuno y lo que se plantea es que se debe realizar el aporte del diferencial no realizado en su momento, con el reto adicional de incluir en los presupuestos de caja los intereses de mora porque entre mayo y hoy, ya existe tardanza en el pago.


Esto es como cuando a usted lo convencen de renunciar a su empleo porque le tienen uno muchísimo mejor y usted confía tanto en la persona que lo persuade que a ciegas toma la decisión. Una vez llega al nuevo empleo convencido de firmar contrato, le dicen que debe presentar unas pruebas junto con otros opcionados pero que es algo de rutina porque ese puesto es para usted; el tiempo pasa y meses después de llamar sin obtener respuesta y del "Sistema, correo de voz", usted se da cuenta que fue asaltado en su buena fe, que fue inducido a cometer un error y que no le queda de otra que asumir el costo de su decisión y seguir adelante. En resumen: Una salida rápida y efectiva para convertir sus ingresos en deudas...



Como estoy seguro que esto les está pasando a muchos y de seguro me preguntarán por el paso a seguir, les cuento que en mis estados financieros y en mi presupuesto empresarial y personal, realicé una apropiación equivalente a aquel beneficio, porque debo revelar en mi situación financiera esa eventual situación de flujo de efectivo, ajustándolo mensualmente con lo que sería el interés de mora (A menos que Papá Gobierno, que más bien parece nuestro hermano menor irresponsable, inexperto y bebedor, determine una salida que no sumerja en una mayor crisis a la gente). Ah, se me olvidaba... como soy tan buena gente, los intereses de mora no se los cobraré a las dos personas a quienes les tengo contrato laboral, yo decidí por ellos al momento de tomar el beneficio y ellos no tienen porqué pagar la mora, pero el capital es otro cuento.












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