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EFECTO DE LAS LICENCIAS NO REMUNERADAS EN LAS PRESTACIONES SOCIALES


17 años, quizá sus mejores años laborales, experiencias, trasnochos, privaciones, triunfos y derrotas, personas, palabras y un sinfin de recuerdos plasmados en las frías letras de una carta de despido, una carta de paz y salvo y un borrador de liquidación de contrato laboral.


La promesa de aquel ascenso y de aquel ajuste salarial quedó en eso, en una expectativa, en palabras dichas y no escritas que el mismo viento que se las había llevado, hoy acariciaba su cabello mientras calculaba los valores de la liquidación.


Con posterioridad a la incapacidad ocasionada por el contagio con el COVID-19, solicitó una licencia no remunerada para realizar trámites de índole personal, 10 días en total ante la negativa de las directivas de la empresa de otorgarle esos días a título de vacaciones sin mayor explicación.


17 años como asistente de gerencia, tres semestres de derecho, lectora asidua de este blog y seguidora de GDC GLOBAL y de esta página, le sirvieron para determinar que la prima de servicios no se encontraba bien liquidada, toda vez que dentro del cálculo de los días trabajados en el año, no se habían contemplado los correspondientes a la licencia no remunerada.


La persona encargada de recursos humanos, con gesto burlón al escuchar que la liquidación presuntamente estaba mal liquidada, exclamó: -¡Es una suspensión transitoria del contrato de trabajo! ¿Quiere que le paguemos prima de servicios sobre unos días que no trabajó?-


Yicela, armada de argumentos y de valor, mencionó dentro de su respuesta verbal, el siguiente aparte del artículo 53 del Código Sustantivo del Trabajo:


«… Estos períodos de suspensión pueden descontarse por el empleador al liquidar vacaciones, cesantías y jubilaciones.»


Y para terminar de sepultar el tono burlón de la persona encargada de recursos humanos, finalizó indicando: -Como podrás darte cuenta, no se realiza mención expresa de la prima de servicios, por cuanto ¡Si!, no es que quiera que me paguen prima de servicios por los días que no trabajé, es que deben hacerlo...-


Tan bello que es el debate argumentado... ¿Si o no?.


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